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Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de Embarcaciones de Recreo |
El desarrollo del sector náutico en los últimos años ha conllevado un
incremento constante del número de ciudadanos interesados en la práctica de la
navegación de recreo y, consecuentemente, en la obtención de los títulos que
habilitan para el ejercicio de dicha actividad.
Los avances tecnológicos, que afectan tanto la construcción de las
embarcaciones como a sus equipos, requieren unos conocimientos actualizados de
la seguridad de la navegación imprescindibles para el adecuado gobierno de aquéllas.
Finalmente, el traspaso de funciones y servicios de la Administración del
Estado a las Comunidades Autónomas en materia de enseñanzas naútico-deportivas,
hace necesario acomodar a la nueva situación la normativa hasta ahora vigente.
A la vista de tales circunstancias, esta Orden establece los títulos naúticos
habilitantes y las condiciones que permiten autorizar el gobierno de las
embarcaciones de recreo, modulando los requisitos exigibles en cada caso en
función de su tamaño, de la potencia máxima instalada y del tipo de navegación.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta Orden es regular los títulos naúticos que habilitan para
el gobierno de las embarcaciones de recreo, las atribuciones correspondientes a
cada uno de ellos y los requisitos exigidos en cada caso para su obtención.
Artículo 2. Naturaleza de los títulos.
Los títulos regulados en esta Orden no tienen carácter profesional y
habilitan exclusivamente para el gobierno de embarcaciones de recreo, que sean
utilizadas como tales, no pudiendo realizar actividades de transporte de carga o
de pasajeros que sean de pago y las de pesca no deportiva.
Artículo 3. Titulados profesionales.
Los titulados naúticos profesionales podrán desempeñar en las
embarcaciones de recreo el cargo que corresponda a las atribuciones que su título
profesional les confiere.
Artículo 4. Definiciones.
A los efectos de esta Orden, se entenderá por:
-
Embarcaciones de recreo: Las embarcaciones de cualquier tipo, con
independencia de sus medios de propulsión, destinada a fines recreativos.
-
Artefactos flotantes o de playa:
-
Piraguas, kayacs y canoas sin motor.
-
Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3.5
KW.
-
Las tablas a vela.
-
Las tablas deslizantes con motor, las embarcaciones de uso individual
y otros ingenios similares a motor.
-
Instalaciones flotantes fondeadas.
-
Abrigo: Lugar en el que fácilmente pueda guarecerse la embarcación y
permitir la llegada a tierra de sus ocupantes.
-
Eslora: La distancia en metros, medida paralelamente a la línea de agua
de diseño, entre dos planos perpendiculares a línea de crujía un plano
pasa por la parte más saliente a popa de la embarcación y el otro, por la
parte más saliente a proa de la embarcación.
Se incluyen todas las partes estructurales o integrales como son proas o
popas, amuradas y uniones de casco con cubierta. Se excluye el púlpito de
proa, en cuyo caso, el plano de referencia pasa por el punto de intersección
de la cubierta con la roda. Asimismo, se excluyen todas las partes
desmontables que puedan serlo de forma no destructiva y sin afectar a la
integridad estructural de la embarcación.
-
Embarcación a motor: Aquella embarcación en la que uno o varios motores
constituyen el modo principal de propulsión.
-
Embarcación a vela: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela
constituye su forma principal de propulsión.
-
Moto acuática: Vehículo acuático cuya eslora oscila entre 2 y 4
metros, propulsado por un motor de combustión interna acoplado a una
turbina, en la que, dado su diseño, los pasajeros no van acomodados dentro
de un casco sino sobre el mismo, bien de pie o sentados.
-
Potencia máxima instalada: La potencia total del motor o suma de motores
instalados para propulsión, medida en kilovatios.
Artículo 5. Competencias de ejecución.
La ejecución de las normas contenidas en esta Orden, salvo la autorización
prevista en el artículo
12, corresponderá a la Dirección General de la Marina Mercante o a las
Comunidades Autónomas que hayan asumido el ejercicio efectivo de las
competencias en materia de enseñanzas naútico-deportivas.
CAPÍTULO II.
TÍTULOS NAÚTICOS DE RECREO.
Artículo 6. Clases de títulos.
Para el gobierno de embarcaciones de recreo se establecen los siguientes títulos,
que tendrán validez en todo el ámbito del Estado español:
Artículo 7. Edad mínima.
Para la obtención de los títulos anteriores, los interesados deberán haber
cumplido dieciocho años de edad.
Los menores de edad que hayan cumplido dieciséis años podrán, no obstante,
obtener los títulos de Patrón de Embarcaciones de Recreo y Patrón para
Navegación Básica, siempre que tengan el consentimiento de sus padres o
tutores.
Artículo 8. Atribuciones de los títulos.
Las atribuciones que confieren los títulos y las condiciones para su obtención
son los siguientes:
-
Capitán de Yate:
-
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y
vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la
potencia del motor y las características de la embarcación. Sin
embargo, las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a
las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas.
-
Condiciones:
-
B.1 Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
-
B.2 Aprobar el examen teórico correspondiente.
-
B.3 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de
las prácticas básicas de seguridad y de navegación, de al menos
cinco días y cuatro horas de duración mínima cada día. Un día
de los cuales deberá ser de práctica de navegación nocturna, en
las condiciones previstas en el
artículo 17.
-
Patrón de Yate:
-
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y
vela de hasta 20 metros de eslora y una potencia de motor adecuada, para
la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y
la línea paralela a la misma trazada a 60 millas.
-
Condiciones:
-
B.1 Estar en posesión de título de Patrón de Embarcaciones de
Recreo.
-
B.2 Aprobar el examen teórico correspondiente.
-
B.3 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de
las prácticas básicas de seguridad y de navegación, de al menos
cuatro días y cinco horas de duración mínima cada día. Un día
de los cuales deberá ser de práctica de navegación nocturna, en
las condiciones previstas en el artículo
17.
-
Patrón de Embarcaciones de Recreo:
-
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y
vela de hasta 12 metros de eslora y potencia de motor adecuada, para la
navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea
paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación
interinsular en los Archipiélagos Balear y Canario.
-
Condiciones:
-
B.1 Aprobar el examen teórico correspondiente.
-
B.2 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de
las prácticas básicas de seguridad y de navegación, de al menos
tres días y cuatro horas de duración mínima cada día, en las
condiciones previstas en el artículo
17.
-
Patrón para Navegación Básica:
-
Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros
de eslora si son de vela y de hasta 6 metros de eslora si son de motor,
con la potencia de motor adecuada a la misma, en la cual la embarcación
no se aleje más de 4 millas, en cualquier dirección, de un abrigo o
playa accesible.
-
Condiciones:
-
B.1 Aprobar el examen teórico correspondiente.
-
B.2 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de
las prácticas básicas de seguridad y de navegación de al menos
cuatro horas, en las condiciones previstas en el artículo
17.
Artículo 9. Embarcaciones a vela.
Para el gobierno de embarcaciones a vela será necesario, además de las prácticas
básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, la realización
de prácticas, de al menos cuatro días y cuatro horas como mínimo cada día,
en barco de vela, en las condiciones previstas en el artículo
17.
Estas prácticas se realizarán por una sola vez para cualquiera de los títulos
de Capitán de Yate, Patrón de Yate y Patrón de Embarcaciones de Recreo de
acuerdo al programa establecido en el anexo
I. Para el Patrón para Navegación Básica se establece una práctica de
cuatro horas de acuerdo al programa establecido en el anexo
I de esta Orden.
Artículo 10. Autorizaciones concedidas
por Federaciones naútico-deportivas.
1. Las Federaciones naútico-deportivas podrán expedir autorizaciones para
el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una
potencia máxima de motor de 40 KW, en navegaciones con luz diurna en áreas,
delimitadas por la Capitanía Marítima, no superiores a las atribuciones
correspondientes al título de Patrón para Navegación Básica.
Tales autorizaciones garantizarán que sus titulares posean los conocimientos
mínimos necesarios para manejar sin peligro las embarcaciones.
2. Las Federaciones deberán obtener la previa habilitación de los Órganos
administrativos competentes, que establecerán las condiciones mínimas de
seguridad y supervisarán su cumplimiento.
Artículo 11. Navegación sin necesidad de
título.
Las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10 KW y de hasta 4
metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora, las motos acuáticas
y los artefactos flotantes o de playa no necesitarán los títulos enumerados en
el artículo
6, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por
la Capitanía Marítima, que en ningún caso podrán ser superiores a las
correspondientes al título de Patrón para Navegación Básica.
Artículo 12. Titulados de la Unión
Europea.
La Dirección General de la Marina Mercante podrá autorizar, para el
gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, a aquellas personas
que, sin haber obtenido un título nacional, acrediten hallarse en posesión de
un título análogo obtenido en un Estado de la Unión Europea, en función de
los requisitos necesarios para su obtención.
CAPÍTULO III.
PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE LOS TÍTULOS.
Artículo 13. Convocatoria.
Los Órganos administrativos competentes convocarán, organizarán y resolverán
las pruebas para la obtención de los títulos regulados en esta Orden.
Artículo 14. Programas.
El conocimiento de las materias objeto de las pruebas y las prácticas básicas
de seguridad y navegación se ajustarán a los programas que se recogen en el anexo
I de esta Orden.
Artículo 15. Reconocimiento médico.
Los candidatos a los diversos títulos de navegación deberán superar un
reconocimiento médico, cuyas características técnicas se determinarán en las
normas que desarrollen esta Orden. No será necesario realizar el reconocimiento
si ha transcurrido menos de cinco años desde la obtención o renovación de
cualquier otro título regulado en esta Orden.
Artículo 16. Contenido de las pruebas.
Las pruebas para la obtención de los títulos constarán de un examen teórico
y uno práctico, o la realización de las prácticas básicas de seguridad y
navegación en sustitución de este último.
El examen práctico se realizará del siguiente modo:
-
El examen práctico para cada titulación constará de dos partes, práctica
de navegación y práctica de seguridad. El contenido será seleccionado
entre los puntos de los apartados B prácticas básicas de seguridad y
navegación, que correspondan a cada título.
-
Para la realización del examen práctico deberá haberse superado
previamente el examen teórico. Se dispondrá de un plazo máximo de
dieciocho meses desde que se ha aprobado el examen teórico para realizar el
examen práctico. Pasado este plazo o no superado el mismo en tres
convocatorias, deberán realizar nuevamente el examen teórico.
Artículo 17. Prácticas básicas de
seguridad y de navegación.
1. Las prácticas básicas de seguridad y navegación para la obtención de
las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, se realizarán en
la embarcación de una escuela u organismo, debidamente homologado o autorizado,
de acuerdo con las condiciones que se establezcan por los Órganos
administrativos competentes.
La embarcación tendrá una eslora mayor de 4 metros para las prácticas del
Patrón para Navegación Básica; mayor de 6 metros, para las prácticas de Patrón
de Embarcaciones de Recreo y mayor de 12 metros, para las prácticas de Patrón
de Yate y Capitán de Yate, y dispondrá, en todos los casos, del equipamiento
adecuado al título que se pretende obtener.
2. Las prácticas serán impartidas por un instructor, con la formación y
experiencia adecuadas, que en todo momento será el responsable del gobierno de
la embarcación durante el período de prácticas.
3. Para la realización de las prácticas básicas de seguridad y navegación,
la Escuela o el organismo remitirá a la Capitanía Marítima, previamente a
cada salida, la relación de alumnos que tomarán parte en la misma, así como
la fecha, hora y embarcación en que se llevará a cabo.
4. Al inicio del período de prácticas y a su finalización, el instructor
lo comunicará al Centro de Coordinación y Salvamento correspondiente.
5. Las prácticas se certificarán por el instructor que ejerza el mando de
la embarcación con el refrendo de la Administración competente, que podrá
supervisar las mismas e identificar a los participantes. En los certificados se
harán constar las fechas en que se han realizado las prácticas que deberán
coincidir con el libro registro que, a tal efecto, deberá llevar la escuela u
organismo.
CAPÍTULO IV.
EXPEDICIÓN DE LOS TÍTULOS.
Artículo 18. Expedición.
Superado el examen teórico y realizadas las prácticas correspondientes o
aprobado el examen práctico, se expedirá un documento normalizado, con las
características y formato que figuran en el anexo
II, que acreditará la validez del título obtenido.
Artículo 19. Registro de los títulos.
Los Órganos administrativos responsables de la expedición llevarán un
registro de los títulos emitidos, de forma que permita su consulta directa por
parte de las restantes Administraciones Públicas competentes en la materia.
Artículo 20. Período de validez de los títulos.
Los títulos tendrán un período de validez de diez años, transcurrido el
cual podrán renovarse con la aportación de un nuevo certificado médico.
Cumplidos los setenta años de edad, los interesados deberán renovar sus títulos
por períodos de dos años.
Artículo 21.
El incumplimiento de lo previsto en esta Orden será sancionado de acuerdo
con lo establecido en la Ley
27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Los títulos expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden
se convalidarán por los regulados en la misma, con arreglo a las siguientes
equivalencias:
-
Patrón de embarcaciones deportivas a motor segunda clase por Patrón
para Navegación Básica.
-
Patrón de embarcaciones a motor primera clase por Patrón para Navegación
Básica.
-
Patrón de embarcaciones deportivas a vela por Patrón para Navegación Básica.
-
Patrón de embarcaciones deportivas de litoral por Patrón de Embarcación
de Recreo.
-
Patrón de embarcación de recreo por Patrón de Embarcación de Recreo,
con las atribuciones previstas en esta Orden.
-
Patrón de Yate por Patrón de Yate, con las atribuciones previstas en
esta Orden.
-
Patrón de Yate habilitado para navegación de altura por Capitán de
Yate.
-
Capitán de Yate por Capitán de Yate, con las atribuciones previstas en
esta Orden.
La convalidación se realizará de oficio en el momento de la renovación del
título o a solicitud del titular con anterioridad al momento de la renovación.
Las titulaciones anteriores a esta Orden que habilitaban para el gobierno de
embarcaciones a vela serán convalidadas por las nuevas titulaciones con
habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
Los titulares de los títulos de Patrón de embarcaciones deportivas a motor
segunda clase, primera clase y vela podrán acceder a la titulación de Patrón
de Embarcaciones de Recreo, mediante la realización de las pruebas prácticas
correspondientes a esta titulación.
Quienes dispongan del título de patrón de embarcaciones deportivas de
litoral podrán acceder al título de Patrón de Yate, mediante la realización
de las pruebas prácticas correspondientes a esta última titulación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
Podrá autorizarse el gobierno de embarcaciones de recreo a personas que, aun
teniendo defectos físicos o minusvalías, dispongan de los medios adecuados en
la embarcación.
La autorización será exclusiva para la embarcación dotada de tales medios,
y en la misma se precisarán las condiciones de navegación autorizadas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.
Dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta Orden en el Boletín
Oficial del Estado, la Dirección General de la Marina Mercante, previa
consulta a los organismos competentes, dictará una Resolución en la que se
determinará el cuadro de aptitudes psicofísicas requeridas para la obtención
o renovación de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
Hasta la publicación de la Resolución prevista en la disposición adicional
cuarta serán válidos los reconocimientos realizados de acuerdo con la Resolución
de la Dirección General de la Marina Mercante, de 22 de junio de 1990, por la
que se establece el cuadro de defectos físicos y enfermedades que imposibilitan
para la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
Mientras no se apruebe un nuevo Reglamento que establezca las condiciones,
requisitos y características que deben tener las Escuelas u organismos
autorizados para impartir las prácticas básicas de seguridad y navegación,
seguirá vigente la Orden de 11 de febrero de 1985, por la que se aprueba el
Reglamento de Academias privadas para las enseñanzas para la navegación de
recreo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Quedan derogadas:
-
La Orden de 31 de enero de 1990 por la que se regulan los títulos para
el gobierno de embarcaciones de recreo.
-
La Resolución de 19 de febrero de 1990, por la que se establecen los
programas para la obtención de los títulos para el gobierno de
embarcaciones de recreo.
-
La Resolución de 25 de junio de 1990 por la que se establecen los
criterios a que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de títulos
para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Quedan derogadas, asimismo, todas aquellas disposiciones de igual o inferior
rango que se opongan a lo establecido en esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Se autoriza a la Dirección General de la Marina Mercante para dictar, en el
ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para la aplicación de
esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Esta Orden entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín
Oficial del Estado.
Madrid, 17 de junio de 1997.
Arias-Salgado Montalvo.
Patrón para Navegación Básica.
A. Conocimientos teóricos.
-
Nomenclatura náutica.
1.1 Dimensiones. Conceptos de: Eslora máxima, manga máxima, calado y
asiento.
1.2 Partes de la embarcación: Proa, popa, babor, estribor, casco, línea
de flotación, obra viva y obra muerta, costados, amuras, aletas, cubierta
y sentina.
1.3 Estructura, accesorios, y elementos auxiliares: Quilla, pasamanos,
timón, hélice, imbornales, cornamusas y bitas.
1.4 Elementos de amarre y fondeo: Cabo, chicote, seno, gaza, firme, y
vuelta. Noray, muertos, boyas, defensas, bichero. Anclas de arado,
Danforth, rezón.
-
Seguridad.
2.1 Precauciones para no perder la flotabilidad: Grifos de fondo,
bocina. Desagües e imbornales. Medios de achique para embarcaciones que
naveguen a una distancia máxima de cuatro millas de la costa.
2.2 Precauciones para conservar la estabilidad: Concepto de escora,
balance y cabezadas. Distribución de tripulantes a bordo. Evitar
atravesarse a la mar.
2.3 Equipo de seguridad para embarcaciones que naveguen en categoría
de navegación D Achique, contraincendios, salvamento, y personal.
2.4 Comunicaciones: Número de teléfono para emergencias marítimas.
Canal 16 de VHF.
2.5 Emergencias: Hombre al agua. Precauciones: Maniobra para librar al
náufrago de las hélices. Maniobra de recogida. Maniobra de dar o tomar
remolque. Riesgo al hacer combustible. Derrames. Gases explosivos en
espacios cerrados. Gobernar a la mar con mal tiempo.
-
Navegación.
3.1 Concepto de los peligros para la navegación: Bajos, piedras que
velan. Concepto de milla náutica y nudo.
3.2 Referencias de tierra, enfilaciones.
3.3 Navegación en aguas poco profundas. Rompientes. Precauciones con
bañistas y buceadores. Precauciones al entrar en playas no balizadas.
3.4 Precauciones al fondear: Tenedero, círculo de borneo. Garreo,
referencias de tierra. Maniobra de fondeo con un ancla. Levar.
3.5 Planificación de una salida: Autonomía en función del consumo.
Previsión meteorológica.
3.6 Baja visibilidad: Precauciones a tomar para evitar la derrota de
grandes buques.
-
Propulsión.
4.1 Características de los motores fuera borda, dentro fuera borda,
interior y propulsión a turbina, en cuanto a su instalación.
4.2 Instrumentos de control y mandos de maniobra del motor.
-
Convenio Internacional para Prevenir los Abordajes, en lo que afecta a
estas embarcaciones.
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Regla 3: Definiciones.
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Regla 5: Vigilancia.
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Regla 6: Velocidad de seguridad.
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Regla 7: Riesgo de abordaje.
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Regla 8: Maniobras para evitar el abordaje.
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Regla 9: Canales angostos.
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Regla 12: Derecho de paso entre embarcaciones a vela.
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Regla 13: Situación de alcance.
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Regla 14: Situación de vuelta encontrada.
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Regla 15: Situación de cruce.
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Regla 16: Maniobra de quien cede el paso.
-
Regla 18: Buques a los que debe ceder el paso las embarcaciones a
vela o de propulsión mecánica (y sus correspondientes marcas de día
incluida la bandera A).
-
Regla 19: Conducta con visibilidad reducida.
-
Regla 20: Luces y marcas. Ámbito de aplicación.
-
Regla 21: Definiciones.
-
Regla 23: Buques de propulsión mecánica en navegación.
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Regla 24: Buques remolcando y empujando.
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Regla 25: Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo.
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Regla 26: Buques de pesca.
-
Regla 27: Buques sin gobierno o con capacidad de maniobra
restringida.
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Regla 30: Buques fondeados y buques varados.
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Regla 32: Señales acústicas y luminosas. Definiciones.
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Regla 34: Señales de maniobra y advertencia.
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Regla 35: Señales acústicas con visibilidad reducida.
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Regla 37: Señales de peligro.
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Balizamiento.
6.1 Marcas laterales de día, región A. Significado e
identificación.
6.2 Marca de peligro aislado: Significado, forma, tope y color.
6.3 Marcas especiales: Significado, forma, tope y color.
6.4 Marcas cardinales: Significado, forma, tope y color.
-
Legislación.
7.1 Atribuciones de este título.
7.2 Zonas prohibidas o con limitaciones a la navegación: Reservas
naturales. Playas (señalización), acantilados. Limitaciones a la
navegación establecidas en los reglamentos de policía de puertos.
7.3 El salvamento: Obligación de auxiliar a las personas.
B. Prácticas básicas de seguridad y navegación.
-
Forma de utilizar el chaleco salvavidas, extintores, señales pirotécnicas
y espejo de señales.
-
Manejo de cabos: Adujar, hacer firme, tomar vueltas. Cote, medio nudo, as
de guía y ballestrinque. Amarrar por seno.
-
Preparativos antes de iniciar la maniobra: Comprobaciones sobre: Ausencia
de gases explosivos, nivel de aceite del motor y transmisor, nivel de
combustible, filtro de combustible con decantador de agua en los motores
diesel, grifo de fondo de refrigeración. Poner en punto muerto y arrancar
el motor.
Comprobaciones después de arrancar: Alarmas e instrumentos de control.
Refrigeración.
-
Aplicación de las reglas de rumbo y gobierno, velocidad de seguridad,
vigilancia e identificación de marcas y balizas.
-
Maniobras en dársena: Precauciones cuando hay cabos en el agua.
Maniobrar avante y atrás. Detener la arrancada. Efecto de la hélice en la
marcha atrás. Evoluciones y ciaboga. Efecto del timón en las evoluciones
(librar la popa). Aproximación al atraque de costado o en punta, o al
fondeadero. Amarrarse a una boya. Uso del bichero. Efectos del viento sobre
estas maniobras.
-
Gobernar con una referencia de tierra.
-
Maniobra de hombre al agua.
C. Contenido del examen teórico.
-
Tiempo mínimo, una hora.
-
Test de 30 preguntas, de las que hay que responder correctamente el 75 %
globalmente, a excepción de las 10 de Reglamento y Balizamiento, de las que
no se pueden fallar más de tres:
-
Cinco preguntas sobre nomenclatura náutica.
-
Cinco preguntas sobre seguridad.
-
Seis preguntas sobre navegación.
-
Dos preguntas sobre propulsión.
-
Siete preguntas sobre el Reglamento de Abordajes.
-
Tres preguntas sobre balizamiento.
-
Dos preguntas sobre legislación.
Patrón de Embarcaciones de Recreo.
A. Conocimientos teóricos.
-
Tecnología naval.
1.1 Dimensiones. Conceptos de: Eslora máxima, manga máxima, puntal,
franco bordo, calado y asiento. Desplazamiento máximo y arqueo. (Todo
ello según los criterios definidos por la Inspección Marítima.)
1.2 Denominaciones del casco. Conceptos de: Proa, popa, babor,
estribor, línea de flotación, obra viva y obra muerta, costados, amuras,
aletas, cubierta, plan y sentina.
1.3 Estructura: Casco, quilla, roda, codaste, cuadernas, baos, borda o
regala, mamparos.
1.4 Concepto de estanqueidad. Breve descripción e importancia del
mantenimiento del casco y de los accesorios de estanqueidad: Bañera,
imbornales, desagües, orificios y grifos de fondo, escape del motor,
bocina, limera del timón, portillos, escotillas, lumbreras y manguerotes
de ventilación. Bombas de achique.
1.5 Accesorios: Pasamanos, cornamusas y bitas. Anclas de arado y
Danforth. Molinete: Barboten, embrague y freno. Timón: Ordinario y
compensado. Hélices: Paso y retroceso, diámetro. Cavitación.
1.6 Elementos de amarre: Chicote, seno, gaza, boza y firme. Noray,
muertos, boyas, defensas, bichero. Cabos de fibra artificial: Aplicación
de cada tipo.
1.7 Terminología: Escorar y adrizar. Barlovento y sotavento. Cobrar,
templar, lascar, arriar y largar.
-
Maniobras.
2.1 Amarras: Largo, través, esprin, codera. Utilización según viento
y corriente. Manejo de cabos: Adujar, tomar vueltas, hacer firme, amarrar
por seno. Nudos: Vuelta, cote, llano, as de guía y ballestrinque.
2.2 Gobierno con caña o rueda, velocidad de gobierno, arrancada,
efecto de la hélice en la marcha atrás. Ciaboga con una hélice: Efecto
de la corriente de la hélice sin arrancada. Ciaboga con dos hélices.
2.3 Agentes que influyen en la maniobra: Viento, corriente y olas.
Libre a sotavento. Conceptos de viento real y aparente.
2.4 Maniobra de amarre de punta, abarloarse, atracarse a un muelle o a
pantalán, amarrar a una boya.
2.5 Fondeo: Elección del tenedero, escandallo, longitud del fondeo, círculo
de borneo, garreo. Vigilancia durante el fondeo: Marcas, alarmas de sonda.
Orinque. Fondeo con una o dos anclas. Levar.
-
Seguridad en la mar.
3.1 Mal tiempo: Viento y mar. Forma de gobernar a la mar para evitar
balances, cabezadas, golpes de mar, y para no comprometer la estabilidad.
Concepto de estabilidad. Forma de romper el sincronismo. Uso de los
deflectores para trimar la embarcación.
3.2 Medidas a tomar a bordo con mal tiempo: Revisión de portillos,
escotillas, lumbreras, manguerotes y demás aberturas. Estiba y trinca a
son de mar. Cierre de grifos de fondo. Derrota a seguir. Capear o correr
el temporal. Riesgos de una costa a sotavento. Ancla de capa. Maniobras al
paso de un chubasco.
3.3 Protección de las tormentas eléctricas e influencia en la aguja.
3.4 Baja visibilidad: Precauciones en la navegación con niebla, el
reflector radar, evitar el tráfico marítimo. Precauciones para la
navegación nocturna.
3.5 Precauciones en la navegación en aguas someras.
3.6 Material de seguridad reglamentario para la zona de navegación C:
Somera descripción, recomendaciones de uso, estiba, y revisiones de:
Aros, chalecos, señales pirotécnicas, espejo de señales, reflector
radar, arneses y líneas de vida, bocina de niebla, linternas y
extintores.
3.7 Emergencias en la mar:
3.7.1 Accidentes personales. Tratamiento de urgencia de: Heridas,
contusiones, hemorragias, y quemaduras: Tratamiento de urgencia.
Mensajes radio médicos: Normas operativas y redacción. Botiquín para
la zona de navegación C.
3.7.2 Hombre al agua: Prevención para evitarlo, arnés de seguridad,
iluminación, librar la hélice, señalización del náufrago,
balizamiento individual, lanzamiento de ayudas. Aproximación al náufrago.
Maniobras de búsqueda cuando no se le ve. M.O.B. del GPS. Recogida.
Hipotermia. Tratamiento y reanimación de un náufrago: Respiración
boca a boca y masaje cardíaco.
3.7.3 Averías: Fallo de gobierno. Timón de fortuna. Quedarse al
garete.
3.7.4 Remolque: Maniobra de aproximación, dar y tomar el remolque,
forma de navegar el remolcador y el remolcado.
3.7.5 Abordaje: Asistencia y reconocimiento de averías.
3.7.6 Varada involuntaria, medidas a tomar para salir de la
embarrancada.
3.7.7 Vías de agua e inundación: Puntos de mayor riesgo: Bocina,
limera del timón, orificios de fondo, grifos, manguitos, abrazaderas y
escape. Bombas de achique manual y eléctrica, bomba de refrigeración
del motor. Medidas de fortuna para su control y taponamiento: Espiches y
colchonetas.
3.7.8 Prevención de incendios y explosiones. Lugares de riesgo:
Cocinas, cámaras de motores, tomas de combustible, baterías, instalación
eléctrica, pañol o tambucho con pinturas. Factores que han de
concurrir para que se produzca el fuego. Modo de proceder al declararse
un incendio, procedimientos de extinción, medidas de carácter general.
Socairear el fuego, rumbo para que el viento aparente sea cero.
3.7.9 Medidas a tomar antes de abandonar la embarcación: Riesgo de
abandono precipitado, ropa, equipo personal y material que debe
llevarse, medidas a tomar antes de abandonar el barco: Mensaje a emitir.
Modo de empleo de las señales pirotécnicas.
3.7.10 Sociedad estatal de salvamento marítimo. Centros locales
regionales y zonales, ubicación y cobertura, forma de contactar con
ellos.
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Navegación.
4.1 Conocimientos teóricos:
4.1.1 Eje, polos, ecuador, meridianos y paralelos. Meridiano cero, y
meridiano del lugar. Latitud y longitud.
4.1.2 Cartas de navegación costera, recalada, portulanos y
cartuchos. Información que proporcionan las cartas: Accidentes de la
costa, tipo, accidentes del terreno, puntos de referencia, luces,
marcas, balizas, peligros, zonas prohibidas. Signos y abreviaturas más
importantes utilizados en las cartas náuticas: Faros, farolas de
entrada en puerto, sondas, naturaleza del fondo, veriles, declinación
magnética.
4.1.3 Publicaciones náuticas de interés: Somera descripción de los
derroteros, guías náuticas para la navegación de recreo y libros de
faros.
4.1.4 Cartas de navegación costera: Meridianos, paralelos, escalas
de latitudes y de longitudes, declinación.
4.1.5 La milla náutica. Nudo. Forma de medir las distancias sobre la
carta.
4.1.6 Rumbos. Circular y cuadrantal.
4.1.7 Noción elemental del magnetismo terrestre.
4.1.8 Declinación magnética, cómo actualizarla.
4.1.9 Descripción sucinta de la aguja náutica. Instalación,
perturbaciones.
4.1.10 Desvío de la aguja. Tablilla de desvío.
4.1.11 Corrección total. Cálculo a partir de la declinación y el
desvío.
4.1.12 Clases de rumbo: Verdadero, magnético y de aguja. Relación
entre ellos.
4.1.13 Coeficiente de corredera. Su aplicación.
4.1.14 Cuarta. Viento, abatimiento, rumbo de superficie. Corrientes y
su influencia.
4.1.15 Líneas de posición: Enfilaciones, demoras, distancias,
veriles. Obtención de líneas de posición con la aguja y conversión
de éstas en verdaderas para su trazado en la carta. Empleo de las
enfilaciones, demoras y sondas como líneas de posición de seguridad.
4.1.16 Concepto de marcación, forma de hallarlas. Relación entre
rumbo, demora y marcación.
4.1.17 Ayudas a la navegación: Marcas. Luces y señales marítimas:
Faros, farolas y balizas.
4.2 Ejercicios sobre la carta náutica:
4.2.1 Dado un punto en la carta, conocer sus coordenadas. Dadas las
coordenadas de un punto, situarlo en la carta.
4.2.2 Medida de distancias. Forma de trazar y medir los rumbos.
4.2.3 Concepto elemental de navegación por estima gráfica en la
carta.
4.2.4 Rumbo para pasar a una distancia determinada de la costa o
peligro. Corregir el rumbo cuando haya abatimiento. Corregir el rumbo
cuando haya corriente.
4.2.5 Trazado y medida de demoras y enfilaciones con el
transportador.
4.2.6 La enfilación y la oposición como demoras verdaderas. Cálculo
de la corrección total a partir de una enfilación y de la tablilla de
desvíos.
4.2.7 Obtener la situación por una demora, una enfilación o una
oposición, y línea isobática simultáneas.
4.2.8 Situación por marcaciones simultáneas, conociendo el rumbo.
4.2.9 Obtener la situación a partir por dos demoras simultáneas,
demora y distancia. Demora y enfilación o dos enfilaciones simultáneas.
Condiciones que han de darse para que las líneas de posición sean
fiables.
-
Meteorología.
5.1 Importancia del tiempo meteorológico en la seguridad de la
navegación. Concepto de presión atmosférica. Medida de la presión
atmosférica con el barómetro aneroide.
5.2 Líneas isobáricas. Borrascas y anticiclones. Circulación general
del viento y en el hemisferio norte en estas formaciones. Trayectoria de
las borrascas.
5.3 Viento real. Rolar, caer, refrescar racha y calmar.
5.4 Brisas costeras: Terral y virazón.
5.5 Escala Beaufort. Anemómetro, veletas y catavientos.
5.6 Escala Douglas de la mar. Intensidad, persistencia y fecht.
5.7 Concepto de temperatura. Medición de la temperatura con termómetro
de mercurio, escala centígrada.
5.8 Previsión meteorológica: Cómo obtenerla. Avisos de temporal.
Previsión con barómetro y termómetro. Chubascos de lluvia o viento.
Indicios.
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Comunicaciones.
6.1 Definiciones: Radioteléfono, estación, estación barco, estación
costera, servicio móvil marítimo, canal: Símplex, dúplex y semidúplex.
Comunicaciones, terminación de una transmisión, importancia de no
saturar los canales con transmisiones inútiles, autoridad del patrón.
6.2 Disciplina en el empleo de la radiotelefonía: Interferencias,
transmisiones sin distintivo de identificación.
6.3 Procedimiento de enlace, canal de llamada y de trabajo con las
estaciones de barco, entre barcos y clubes náuticos.
6.4 Mensajes de urgencia, socorro y seguridad: Señal, llamada y
mensaje. Acuse de recibo. Retransmisión de un mensaje de socorro por una
estación que no esté en peligro. Escucha en el canal 16, períodos de
silencio en radiotelefonía.
6.5 Servicios especiales: Radio médico, avisos a los navegantes,
avisos de temporal, boletines meteorológicos y radio conferencias.
6.6 Obligación de llevar VHF en la zona de navegación C.
Obligación de que los equipos de comunicaciones estén homologados.
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Propulsión mecánica.
7.1 Peculiaridades que diferencian los motores fuera borda, dentro
fueraborda e interiores en cuanto a su instalación y uso. Diferencias
entre los motores de explosión de dos y cuatro tiempos y diesel de cuatro
tiempos en cuanto al tipo de combustible, engrase y refrigeración.
7.2 Comprobaciones antes de la puesta en marcha: Nivel de combustible,
aceite del motor y transmisor. Nivel de refrigerante en circuitos
cerrados. Grifo de fondo de refrigeración y filtro. Gases explosivos.
Filtro decantador de agua. Punto muerto.
7.3 Arranque. Comprobaciones tras el arranque: Instrumentos de alarma,
control y comprobación de la refrigeración.
7.4 Mandos de maniobra, potencia e instrumentos de control del motor.
7.5 Sistema eléctrico. Breve descripción: Baterías de servicio y de
arranque, cuadro de interruptores y fusibles.
7.6 Precauciones al hacer combustible, prevención de incendios y
explosiones.
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Reglamentos y señales.
8.1 Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en la mar.
Reglas 1 a 37 y anexo IV. (Bajo la perspectiva de un patrón de un velero
o una embarcación de propulsión mecánica de hasta 12 metros.)
8.2 Balizamiento. Sistema lateral región A, Sistema
Cardinal, de peligro aislado, aguas navegables y especiales.
8.3 Reglamento de Policía de Puertos: Extracto de las normas que
afectan a las embarcaciones de recreo respecto al tráfico marítimo y
navegación interior.
8.4 Limitaciones a la navegación en playas, lugares próximos a la
costa, playas balizadas, canales de acceso, reservas marinas.
8.5 Prevención de la contaminación: Prohibiciones, recogida de
residuos, idea de lo que afecta a las embarcaciones de recreo según lo
dispuesto en el anexo V del Convenio MARPOL. Responsabilidad del patrón.
Conducta ante un avistamiento.
8.6 Registro de embarcaciones de recreo, inspecciones y certificado de
navegabilidad para embarcaciones de menos de 24 metros.
8.7 Atribuciones del título. Bandera nacional. Salvamento: Obligación
de prestar auxilio a las personas.
B. Prácticas básicas de seguridad y navegación.
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Forma de utilizar el chaleco salvavidas, extintores, señales pirotécnicas,
espejo de señales.
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Prácticas radiotelefónicas: Pruebas, enlace, canal de trabajo.
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Preparación para salir a la mar. Comprobaciones de estanqueidad,
gobierno y propulsión. Previsión meteorológica. Revisión de elementos de
estanqueidad y seguridad: Achique, portillos, escotillas, sentinas, grifos
de fondo, limera, bocina y sistema de gobierno. Logística: Agua,
combustible y víveres. Comprobaciones del equipo de radio, luces de
navegación, etc.
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Preparativos antes de iniciar la maniobra: Comprobaciones sobre: Ausencia
de gases explosivos, nivel de aceite del motor y transmisor, nivel de
combustible, filtro de combustible con decantador de agua, circuito de
refrigeración. Poner en punto muerto y arrancar el motor.
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Comprobaciones después de arrancar: Lubricación. Refrigeración y carga
de baterías. Comprobar que no hay fugas de aceite o combustible.
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Manejo de cabos: Adujar, hacer firme, tomar vueltas. Cote, medio nudo, as
de guía y ballestrinque. Amarrar por seno.
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Maniobras en dársena: Precauciones cuando hay cabos en el agua.
Maniobrar avante y atrás. Detener la arrancada. Efecto de la hélice en la
marcha atrás. Evoluciones y ciaboga. Efecto del timón en las evoluciones
(librar la popa). Aproximación al atraque de costado o en punta, o al
fondeadero. Amarrarse a una boya. Uso del bichero. Efectos del viento y de
la corriente sobre estas maniobras.
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Aplicación de las reglas de rumbo y gobierno, velocidad de seguridad,
vigilancia e identificación de marcas y balizas.
-
Gobernar con una referencia de tierra y con un rumbo de aguja. Rumbo
inverso. Obtener la corrección total para un rumbo determinado con una
enfilación.
-
Situarse por líneas de posición simultáneas. Identificación de los
puntos notables de la costa. Navegación de seguridad: Demoras de seguridad
y veril de seguridad.
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Maniobra de hombre al agua. Utilización del M.O.B. del GPS.
-
Navegación electrónica: Programar alarma de la sonda. Obtener la
situación con el GPS.
C. Contenido del examen teórico.
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Tiempo mínimo, dos horas.
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Test de 65 preguntas, de las que globalmente hay que responder
correctamente el 70 % con las siguientes excepciones: De los ejercicios de
carta hay que resolver correctamente dos, de las 15 preguntas del Reglamento
hay que acertar 11, y de las 4 de Balizamiento, hay que responder
correctamente dos.
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Seis sobre Tecnología Naval.
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Seis de Maniobras a Motor.
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Nueve sobre Seguridad.
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Doce sobre Navegación (cuatro de ellas, ejercicios de carta).
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Cuatro de Meteorología.
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Cuatro de Comunicaciones.
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Tres de Propulsión.
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Quince de Reglamentos de Abordajes, desde la perspectiva de una embarcación
a vela o de propulsión mecánica (una de generalidades, dos de la parte B,
dos de las Secciones II y III, tres de la parte C: Una de marcas y dos de
luces, dos de la parte D: Una de señales fónicas y una del resto).
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Cuatro de Balizamiento.
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Dos de Legislación.
Patrón de Yate A. Conocimientos teóricos.
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Seguridad.
1.1 Estabilidad y flotabilidad: Concepto y definición de reserva de
flotabilidad y franco bordo. Conceptos y definición de la estabilidad
inicial, carena, volumen y centro de carena, empuje, desplazamiento máximo
en los yates, y su punto de aplicación: El centro de gravedad. Idea de la
influencia de la altura metacéntrica en la estabilidad transversal.
Concepto de arqueo para embarcaciones de recreo de hasta 24 metros, según
criterios de la Subdirección General de Inspección de Buques. Concepto
de la influencia de la carga, descarga y movimiento de pesos en la
estabilidad, escora y asiento, sin cálculos.
1.2 Maniobras: Maniobra de remolque en alta mar: Dar y tomar remolque,
afirmado y longitud. Remolque con mal tiempo. Gobernar remolcando y
remolcado.
1.3 Equipo de seguridad: Equipo de seguridad reglamentario para la zona
de navegación B. Radiobalizas: Principios básicos, clases,
utilización, frecuencia de emisión, localización y mantenimiento a
bordo. Utilización de una balsa salvavidas: Estiba y zafa, botadura,
inflado adrizado, y embarque; utilización del equipo que lleva en su
interior.
1.4 Emergencias en la mar: Fallo de gobierno, timón de fortuna.
1.5 Procedimientos de seguridad: Salvamento. Búsqueda de un náufrago.
Abandono de buque. Supervivencia: Comportamiento de náufragos en el agua,
organización de la vida en una balsa salvavidas: Vigilancia, guardias,
racionamiento, ancla de capa. Costa más cercana. Evacuación por medio de
un helicóptero. Zona S.A.R.
1.6 Primeros auxilios: Botiquín para la zona de navegación B.
Redacción de un mensaje radiomédico. Vendajes, inmovilización y
entablillado de miembros fracturados.
1.7 Propulsión mecánica:
1.7.1 Sistema eléctrico. Breve descripción: Alternador, baterías
de servicio y de arranque, toma de corriente de tierra, cuadro de
interruptores, servicios de alumbrado, fuerza e instrumentos.
1.7.2 Averías de la instalación: Cortocircuitos, fusibles e
interruptores magneto térmicos. Bajo aislamiento. Cuidados del sistema
eléctrico. Voltaje e intensidad de una batería cargada. Acoplamiento
serie y paralelo de las baterías. Cuidados de las baterías.
1.7.3 Cálculo del consumo total y autonomía conociendo el consumo
específico y la potencia. Consumos específicos de los motores de
explosión de dos y cuatro tiempos y de los diesel de cuatro tiempos.
1.7.4 Anomalías en el funcionamiento: Purgado de un circuito de
combustible que se ha descebado en un motor diesel. Contaminación del
lubricante a través del enfriador de aceite. Problemas en el arranque.
Breve descripción de los sistemas de refrigeración abiertos y
cerrados. Fallos en el sistema de refrigeración: Filtro del grifo de
fondo, termostato, bomba de agua.
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Navegación.
2.1 Conocimientos teóricos:
2.1.1 Esfera terrestre: Ejes, polos, meridianos, primer meridiano,
ecuador y paralelos. Concepto de latitud y longitud. Situación de
puntos en la carta. Diferencias en latitud y longitud.
2.1.2 Magnetismo terrestre. Variación local. Aguja magnética: Breve
descripción de la aguja de un yate: Propiedades. Desvío y tablilla de
desvíos. Cálculo de la corrección total por enfilaciones y por la
Polar.
2.1.3 Causas de las mareas. Anuario de mareas español. Modo de
utilización. Referencia de las sondas. Problema directo e inverso.
2.1.4 Medida del tiempo: Tiempo universal, hora civil en Greenwich,
hora civil del lugar, hora legal, husos o zonas horarias, hora oficial,
hora del reloj de bitácora, paso de una a otra hora y diferencia de
horas entre lugares.
2.1.5 Publicaciones: Derroteros, libros de faros y señales de
niebla; libro de radioseñales. Avisos a los navegantes, correcciones de
las cartas. Diario de navegación.
2.1.6 Idea elemental del principio de funcionamiento del radar.
Alcance, factores que lo condicionan. Presentación de ecos en pantalla,
perfil de la costa: Proa arriba o norte arriba. Errores y
perturbaciones: Zonas de sombra, falsos ecos, interferencias.
Comprobaciones y forma de evitarlas. Filtros de lluvia y mar y pérdida
de imagen a causa de los mismos. Marcaciones, demoras y distancia radar.
Anillos fijos y variables. Ranmark y racon.
2.1.7 Navegación con el GPS: Inicialización, situación, derrota,
punto de recalada. Alarmas, hombre al agua, errores y correcciones a
introducir. Plotters y cartas electrónicas.
2.1.8 Corrientes, cálculo de la corriente conocida, situación
verdadera y estimada. Calcular el rumbo verdadero conociendo el efectivo
y el de la corriente.
2.2 Trabajos sobre la carta:
2.2.1 Rumbo y distancia entre dos puntos, trazado y medición; rumbo
a pasar a una distancia de un punto.
2.2.2 Efecto del viento sobre el rumbo, rumbo de superficie. Enmendar
el rumbo a barlovento.
2.2.3 Concepto de rumbo e intensidad horaria de la corriente, rumbo y
velocidad efectiva. Cálculo gráfico del efecto de la corriente sobre
el rumbo desde una posición verdadera a otra verdadera.
2.2.4 Líneas de posición; situación por demoras y marcaciones;
traslado de demoras.
2.2.5 Situación por distancias, enfilaciones y líneas isobáticas.
Situación fiable por ángulos horizontales.
2.2.6 Derrota loxodrómica: Rumbo y distancia directos. Estima gráfica
incluida corriente. Situación estimada y verdadera. Estima analítica.
Resolución del problema directo e inverso, casos particulares.
2.2.7 Cálculo de la sonda en un momento cualquiera. Problema directo
e inverso.
-
Meteorología y oceanografía.
3.1 Masas de aire. Nubes: Clases.
3.2 Isobaras, gradiente de presión. Centros básicos, anticiclones y
borrascas, tiempo asociado.
3.3 Viento: Gradiente, coriolis y rozamiento.
3.4 Frentes.
3.5 Concepto de humedad absoluta y relativa. Punto de rocío. Psicrómetro.
Formación de nieblas, clases, previsión, propagación y dispersión.
3.6 Partes meteorológicos. Boletines, tipos. Interpretación elemental
de cartas meteorológicas.
3.7 Olas, idea de su formación. Longitud, altura y período.
Intensidad, Fetch y persistencia.
3.8 Corrientes marinas; generalidades, clases y causas que las
producen. Corrientes generales en las costas españolas.
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Procedimientos radiotelefónicos.
4.1 Bandas de frecuencia en VHF y MF, explotación símplex, dúplex y
semidúplex.
4.2 Prácticas de procedimientos radiotelefónicos en el servicio
radiotelefónico móvil marítimo en ondas métricas y hectométricas.
Prueba y medidas contra las interferencias. Procedimiento de llamada,
enlace y respuesta, curso del tráfico, duración y dirección del tráfico.
Listas de llamada. Escuchas, períodos de silencio.
4.3 Mensajes de socorro, urgencia y seguridad.
4.4 Secreto de las comunicaciones; autoridad del Patrón, identificación
de las estaciones barco y destinatario.
4.5 Yates obligados a llevar equipos de VHF y MF.
4.6 Servicios que prestan las estaciones costeras.
4.7 Idea general de las publicaciones de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones.
-
Legislación y reglamentos.
5.1 Líneas de base rectas, aguas interiores, mar territorial, zona
contigua, zona económica exclusiva, alta mar.
5.2 Administración marítima periférica: Capitanías. Abanderamiento,
registro de embarcaciones de recreo menores de 24 metros: Sanidad,
aduanas. Certificado de navegabilidad. Inspecciones.
5.3 Remolque, auxilio, salvamento, hallazgos y abordajes: Diferencias
legales. La protesta de mar. Diario de navegación.
5.4 Idea elemental de lo dispuesto en los anexos I, IV, y V del
Convenio MARPOL en lo que respecta a descargas y vertidos al mar.
5.5 Breve descripción del Código Internacional de Señales. Banderas:
Señales de una sola bandera y destellos: A, B, L, Q, O, V.
B. Prácticas básicas de seguridad y navegación.
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Reconocimiento de luces, faros, balizas y luces de otros buques.
Recalada.
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Prácticas de procedimientos radiotelefónicos.
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Prácticas de radar: Situación por demora, marcación y distancia:
Marcaciones a otros buques. Reconocimiento de la costa. Perturbaciones.
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Ejercicio de abandono de buque. Utilización de una balsa salvavidas.
Estiba y zafa, botadura, inflado, adrizado y embarque; utilización del
equipo que lleva en su interior. Supervivencia en la mar. Comportamiento de
náufragos en el agua, organización de la vida en una balsa salvavidas:
Vigilancia guardias, racionamiento, ancla de capa. Costa más cercana.
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Proyecto de un crucero costero. Organización de la derrota: Manejo de
cartas, derroteros, libros de faros, anuarios de mareas y nomenclátor de
estaciones radio marítima. Trazado de una derrota. Cálculo del
combustible, agua y víveres. Listas de comprobación.
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Prácticas de navegación costera y navegación de estima.
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Búsqueda y recogida de hombre al agua.
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Navegación con el posicionado GPS: Inicialización, situación,
introducir una derrota y punto de recalada, errores y correcciones.
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Navegación sin visibilidad con radar y GPS.
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Mal tiempo: Elección de la derrota más segura.
C. Contenido del examen teórico.
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Seguridad: 10 preguntas, mínimo cuarenta minutos.
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Navegación: Teoría, mínimo de treinta minutos.
Ejercicios de carta, mínimo de una hora.
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Procedimientos radio: Seis preguntas, mínimo cuarenta minutos.
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Legislación: Cinco preguntas, mínimo de una hora.
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Meteorología y oceanografía. Cinco preguntas, veinte minutos.
Capitán de Yate A. Conocimientos teóricos.
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Astronomía y navegación.
1.1 Esfera celeste: Líneas principales que en la misma se consideran.
Línea vertical o cenit nadir. Horizonte racional o verdadero. Distintas
clases de horizontes. Semicírculo vertical. Almicantarat. Eje del mundo o
líneas de los polos: Polo elevado y Polo depreso. Ecuador celeste.
Meridianos celestes. Meridianos del lugar. Superior e inferior. Meridiano
cero o primer meridiano. Paralelos. Líneas verdaderas N S y E W. Vertical
primario.
1.2 Coordenadas celestes de los astros:
-
Coordenadas horizontales: Altura y azimut. Distintas formas de
contar el azimut. Distancia cenital. Amplitud.
-
Coordenadas horarias. Declinación y horario. Ángulo en el polo.
Distancia polar o codeclinación. Diferencia ascensional.
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Movimiento propio de algunos astros. Estudio del movimiento
aparente del sol. Eclíptica. Zodíaco.
-
Coordenadas uranográficas ecuatoriales. Declinación y ascensión
recta. Ángulo sidéreo.
-
Relación entre las distintas coordenadas que se miden en el
ecuador.
-
Órbita que describe la Tierra alrededor del Sol. Zonas. Climas.
Estaciones.
1.3 Triángulo de posición: Sus elementos. Valor del ángulo en el
polo en función del horario en el lugar. Valor del ángulo en el cenit en
función del azimut.
1.4 Movimiento aparente de los astros: Generalidades. Arcos diurno y
nocturno. Ortos y ocasos. Paso de los astros por el meridiano superior e
inferior del lugar.
1.5 La Luna: Fases de la Luna.
1.6 Las Estrellas: Magnitud estelar. Constelaciones. Enfilaciones para
encontrar las estrellas principales partiendo de la constelación de la
Osa Mayor. Ídem de Orión. Ídem de Escorpión. Ídem del cuadrado de
Pegaso. Ídem de la Cruz del Sur. Catálogos y planisferios.
1.7 Tiempo universal. Diferencia de hora entre dos lugares. Hora
reducida. Husos horarios. Hora legal, hora oficial. Relación entre la
hora civil de Greenwich, hora civil del lugar, hora legal. Fecha del
meridiano de 180º. Línea internacional de cambio de fecha.
1.8 Almanaque náutico: Descripción del almanaque. Conocida la hora de
TU, calcular el horario del Sol en Greenwich y su declinación. Ídem
planeta y estrellas. Pasar de horario en Gw a horario en lugar y
viceversa.
Cálculo de la hora de paso del Sol por el meridiano del lugar. Ídem
de planetas y estrellas: Casos particulares de estos problemas.
Cálculo de las horas de salida y puesta del Sol con el almanaque. Crepúsculos:
Su duración.
1.9 Sextante: Descripción. Lectura de su graduación. Corrección de
índice: Distintos modos de calcularla. Observación de la altura de un
astro con el sextante: Sol, planeta o estrella. Caso particular de la
altura meridiana.
Corrección de las alturas observadas.
Cálculo de las coordenadas en el triángulo de posición.
1.10 Reconocimiento de astros: Conocidos la situación de estima del
observador, la hora de TU de la observación, la altura y el azimut del
astro desconocido, hallar su horario, su declinación y reconocerlo.
Caso particular del astro en el meridiano superior o inferior o en sus
proximidades. Tablas que facilitan el reconocimiento de los astros.
Identificadores de astros.
1.11 Proyecciones: Proyecciones empleadas en la marina. Idea de la
proyección mercatoriana. Escala de las cartas. Clasificación según la
escala. Idea de la proyección gnomónica: Horizontal, meridiana y polar.
Portulanos. Cartas en blanco.
1.12 Recta de altura: Sus determinantes. Casos particulares de la recta
de altura. Latitud por altura meridiana de un astro. Ídem por altura de
la estrella Polar. Utilidad de una sola recta de altura. Traslado de una
recta de altura.
1.13 Situación por rectas de altura: Situación por dos rectas de
altura simultáneas. Ídem por dos rectas y tres de altura no simultáneas.
Calcular el intervalo hasta el paso de un astro por el meridiano del buque
en movimiento. Bisectriz de altura.
1.14 Derrota loxodrómica: Ecuación de la loxodrómica. Cálculo del
problema directo e inverso de la estima empleando latitudes aumentadas.
1.15 Derrota ortodrómica: Concepto general. Cálculo del rumbo ortodrómico.
Cálculo de la distancia ortodrómica entre dos puntos de la esfera
terrestre.
1.16 Cinemática: Generalidades. Movimiento absoluto y relativo. Triángulo
de velocidades. Rosa de maniobra. Estudio del movimiento relativo de otro
buque. Hallar el rumbo y la velocidad de otro buque conociendo su
movimiento relativo.
Dar alcance a un buque en el menor tiempo posible. Ídem sin variar
nuestro rumbo. Ídem en un tiempo determinado. Dar rumbo para pasar a una
distancia dada de otro buque. Cinemática radar.
1.17 Magnetismo terrestre: Elementos magnéticos terrestres. Distribución.
1.18 Desvío de la aguja magnética: Causas que la producen. Campos
magnéticos que actúan sobre la aguja a bordo. Determinación de los desvíos
por marcaciones a un objeto lejano. Ídem por enfilaciones. Ídem por
marcaciones al Sol u otros astros. Cálculos del azimut verdadero de la
estrella Polar por medio del almanaque náutico. Formación de una
tablilla de desvío.
1.19 Agujas giroscópicas: Rigidez y precisión giroscópica. Ligera
descripción de una aguja giroscópica.
1.20 El radar: Fundamentos del radar. Descripción y funcionamiento.
Interpretación de la pantalla. Marcaciones y demoras. Medición de
distancias. Zonas de sombras. Ecos falsos. Radar de movimiento verdadero.
Empleo práctico.
1.21 Navegación con posicionador: GPS. Generalidades, descripción y
funcionamiento.
1.22 Publicaciones náuticas: Libros de corrientes. Organización de la
derrota. Previsión a la vista de la carta. Pilot charts.
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Meteorología.
2.1 La atmósfera: Composición.
2.2 Presión: Formaciones isobáricas principales y secundarias.
Variaciones de la presión atmosférica.
2.3 Temperatura: La temperatura en la atmósfera. Temperatura del aire.
Variación con la altura.
2.4 Humedad: Humedad relativa. Higrómetro. Psicrómetro. Cambios de
estado del agua. Condensación. Punto de rocío.
2.5 Nubes: Clasificación de las nubes. Nubosidad. Visibilidad.
2.6 Precipitaciones: Precipitaciones. Lluvia. Clasificación y previsión.
2.7 Formas tormentosas: Chubascos. Trombas. Tornados. Fenómenos eléctricos,
acústicos y ópticos.
2.8 Vientos: Sistemas generales de vientos. Distribución de presiones
y vientos. Alisios y vientos generales del oeste. Calmas ecuatoriales.
Calmas tropicales. Vientos polares. Monzones.
2.9 Masas de aire. Frentes: Masas de aire, clasificación. Ciclo de
vida de las masas de aire. Frentes frío y cálido: Variables meteorológicas.
2.10 Borrascas y anticiclones: Borrasca tipo. Ciclo de vida de las
borrascas. Anticiclones, vaguadas y dorsales. Tiempo asociado. Borrascas
extratropicales: Formación, desarrollo y desaparición.
2.11 Ciclones tropicales: Formación, trayectoria y ciclo de vida.
Semicírculos peligroso y manejable. Forma de maniobrar a los ciclones.
2.12 Cartas y boletines meteorológicos, predicción: Partes y
boletines meteorológicos internacionales, generales y locales. Zonas de
previsión meteorológica.
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Oceanografía.
3.1 Corrientes marinas: Causas de las corrientes marinas. Formación.
Corrientes de marea. Clasificación de las corrientes. Contracorrientes.
Principales corrientes del mundo. Corriente del Golfo, su influencia en
las costas españolas.
3.2 Olas: Formación de olas. Características de las olas. Mar de
viento y mar de fondo.
3.3 Hielos flotantes: Hielos flotantes. Origen, limites y tipos de los
mismos. Épocas y lugares donde son más frecuentes. Navegación en zona
de hielos.
-
Construcción naval.
4.1 Tipos de construcción naval: Longitudinal, transversal, mixto.
Acero. Poliéster. Madera.
-
Teoría del buque.
5.1 Estabilidad estática transversal. Inicial. Para grandes
inclinaciones. Cálculo y trazado de la curva de brazos adrizantes.
5.2 Características de la curva de estabilidad. Efectos de la
estabilidad estática transversal del traslado, carga y descarga de pesos.
5.3 Estabilidad dinámica: Concepto del efecto sobre la estabilidad dinámica
del viento y mar. Ángulo de equilibrio dinámico.
5.4 Criterios de estabilidad. Para embarcaciones de recreo (circular
7/95 y criterio de la IMO).
5.5 Estabilidad estática longitudinal. Cambio del asiento por
traslado, carga y/o descarga de pesos. Momento de asiento unitario.
5.6 Superficies libres. Efectos sobre estabilidad estática
transversal. Cálculo de la corrección por superficies libres.
5.7 Movimiento del buque. Balance absoluto y relativo. Período de
balance. Su relación con la estabilidad transversal inicial. Resistencia
al movimiento.
5.8 Varada. Operaciones a realizar para quedar libre de varada.
-
Inglés.
6.1 Conocimiento de inglés suficiente para la traducción directa de
publicaciones náuticas en inglés.
6.2 Recepción y transmisión de mensajes usando las frases del Standard
Marine Navigational Vocabulary de la O.M.I. en sus partes:
6.2 Recepción y transmisión de mensajes normalizados en las
comunicaciones marítimas adoptados por la O.M.I. que figuran en las
secciones 4 y 5 del Seaspeak Training Manual.
B. Prácticas básicas de seguridad y de navegación.
-
Prácticas de cinemática radar: Dar alcance a un buque en el menor
tiempo posible. Pasar a una distancia determinada de un buque.
-
Cálculo de combustible, agua, víveres y listas de comprobación para
emprender un crucero oceánico.
-
Preparación de una derrota oceánica: Organización de la derrota,
preparación de cartas. Manejo de derroteros en inglés, nomenclátor de
estaciones radio marítimas y las publicaciones Sailing Directions, Notice
to Mariners, List of Lights and fog signals y Pilots Charts. Abreviaturas y
símbolos.
-
Utilización y manejo del sextante. Observación de la altura de un
astro: Caso particular de la meridiana. Reconocimiento de astros. Cálculo
de la situación mediante rectas de altura. Traslado de rectas de altura.
-
Empleo práctico del radar en la navegación.
-
Ejercicios de recalada diurna y nocturna. Práctica de reconocimiento de
faros, balizas y luces de otros buques.
-
Ejercicios de búsqueda y recogida de hombre al agua. Mal tiempo: Capear
o correr un temporal. Elección de la derrota más segura. Ejercicio de
abandono de buque. Supervivencia en la mar.
-
Cumplimentado del diario de navegación.
C. Contenido del examen teórico.
-
Teoría del buque y construcción naval: Ejercicio como mínimo de una
hora y treinta minutos.
-
Navegación: Teoría, ejercicio mínimo de una hora.
-
Cálculos de navegación: Dos ejercicios de tres horas cada uno.
-
Meteorología y oceanografía: Ejercicio como mínimo de una hora.
-
Inglés: Ejercicio escrito media hora y ejercicio oral media hora.
Navegación a Vela A.
Las prácticas específicas para la navegación a vela se realizarán una única
vez válida para todas las titulaciones, excepto el Patrón para Navegación Básica,
y se efectuarán de acuerdo al siguiente programa:
-
Conocimiento de un aparejo marconi: Palo, crucetas, botavara, tangón,
estais y obenques. Drizas, amantillos, trapa, escotas y contras o retenidas.
Vela mayor y foque. Sables, grátil, baluma y pujamen. Relinga, puños de
escota, de amura y de driza. Winches.
-
Maniobras de dar el aparejo y cargarlo: Libre a sotavento, necesidad de
poner proa al viento, orden a seguir en el izado y arriado de las velas.
-
Gobierno de una embarcación a vela: Arrancar. Ángulo muerto, ceñir,
través, a un largo, en popa. Detener la arrancada: Aproarse, fachear,
acuartelar y pairear.
-
Influencia de las posiciones del centro vélico y de deriva en el
gobierno. Abatimiento. La orza. Corregir el rumbo a barlovento.
-
Forma de virar por avante y en redondo. Diferencias entre ellas.
Necesidad de controlar la escora: Carro a sotavento y apertura de la baluma.
Aplanar velas. Reducción de la superficie vélica, cambios de vela, rizos y
enrolladores. Fondear y levar.
-
Recogida de hombre al agua a vela con vientos portantes o ciñiendo.
-
Mal tiempo: Uso del arnés, velas de capa y tormentín.
B. Las prácticas específicas de navegación a vela para Patrón
para Navegación Básica se realizarán de acuerdo al siguiente programa:
-
Conocimiento de un aparejo Marconi: Palo, botavara, obenques y estais.
Drizas, trapa y escotas. Vela mayor y foque.
-
Dar y cargar el aparejo. Arrancar y detener la arrancada. Ceñir, navegar
de través y con vientos portantes. Virar por avante y en redondo. Fondear y
levar a vela.
-
Maniobra de hombre al agua a vela.
Todo el texto que acompañe a los datos indicados en los párrafos 4, 5 y 6
estará en castellano, y, opcionalmente, en otra de las lenguas oficiales de la
Comunidad Autónoma expedidora del documento. En el reverso del documento
figurará, en castellano:
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El siguiente texto:
Esta tarjeta es personal e intransferible y se exigirá la
responsabilidad que corresponda en caso de ser utilizada por persona
distinta del titular.
No es válida a efectos de acreditar la identidad del titular y deberá
ir acompañada del documento nacional de identidad correspondiente.
Es válida en todo el territorio del Estado español según la Orden de
17 de junio de 1997.
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Las atribuciones que según la presente Orden ministerial tiene asignado
el título correspondiente.
Ambos textos podrán figurar también en otra de las lenguas oficiales de
la Comunidad Autónoma expedidora del documento.
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